Pensión alimenticia
A veces pensamos que el pago de alimentos para los hijos o las hijas tiene como requisito que los padres estén separados y no vivan juntos; y otras veces también creemos que los alimentos deben de ser cubiertos por el padre o la madre de forma exclusiva. Pero si revisamos el Código Civil Federal encontramos que esto no es así.
Incluso hay varias formas de solicitar alimentos, y una de ellas –quizá la más sencilla pero la menos usada– es la de llegar a acuerdos entre las partes sin necesidad de recurrir a abogados ni a pleitos, simplemente poniendo voluntad.
Pero si eso no sucede ¿qué se puede hacer? Se debe de acudir a las ventanillas únicas para pedir pensión por comparecencia, o incluso entablar demandas por pensión alimenticia.
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