¿Cómo inscribirse al Registro Federal de Contribuyentes (RFC)?
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) pone a tu disposición el servicio de Inscripción al RFC con CURP para que lo realices a través del Portal del SAT, para ello debes de tener en cuenta lo siguiente:
• Este servicio inicia y concluye a través del Portal del SAT, sin necesidad de acudir a las oficinas ni presentar ningún tipo de documento.
• Los requisitos para obtener tu RFC a través de esta opción son:
✓ Tener CURP vigente.
✓ Ser mayor de edad.
✓ Capturar en el formulario de inscripción, los datos de tu domicilio, correo electrónico y características fiscales.
Esta opción de inscripción podrá realizarse una sola vez. Asimismo, la clave del RFC que se genere en esta inscripción será válida para cualquier trámite ante el SAT y otras autoridades de gobierno, así como para diversas gestiones administrativas que realices.
Más información:
Pasos a seguir para presentar Declaración anual (SAT)
Presentar la Declaración anual es muy importante, al ser una obligación tributaria del contribuyente para informar acerca de los ingresos que haya tenido durante el año.
Los pasos a seguir para la declaración anual los encuentras en la siguiente cápsula:
Más información:
¿Quieres agendar una cita con el #SAT? En esta cápsula te decimos cómo:
Hay muchos tipos de impuestos, por lo que es importante conocer cuáles son nuestras obligaciones fiscales según nuestras circunstancias, y cómo estar al corriente.
Por ello, te dejamos la siguiente información para que puedas agendar una cita con el SAT.
Más información:
Régimen de plataformas tecnológicas de servicios digitales
A partir del 1 de junio de 2020 entró en vigor el nuevo esquema mediante el cual las empresas extranjeras que prestan servicios digitales a usuarios en México por medio de aplicaciones, están obligadas al pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por sus servicios.
De igual forma, si las plataformas tecnológicas nacionales o extranjeras, además de prestar servicios digitales prestan servicios de intermediación, tendrán la obligación de retener tanto el Impuesto sobre la Renta (ISR) como el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las personas físicas que enajenen bienes o presten servicios incluidos, así como enterar estas retenciones al SAT a más tardar el día 17 del mes siguiente al que se efectuó el cobro.
Más información:
http://omawww.sat.gob.mx/plataformastecnologicas/Paginas/PersonasFisicas/personasfisicas_inicio.html
Solicitud de generación o actualización de contraseña SAT ID
A través del aplicativo SAT ID las y los contribuyentes pueden solicitar la generación o actualización de su contraseña desde su teléfono celular o computadora, con la cual pueden ingresar a los servicios electrónicos del SAT.
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